Grado II de dependencia. Qué necesitas saber

grado II de dependencia

Si hace unos días hablábamos del Grado I de dependencia, hoy queremos darte todas las pautas sobre lo que necesitas saber del Grado II de dependencia. Así que coge papel y bolígrafo para tomar nota.

 

¿Qué significa tener un Grado II de dependencia?

Como ya hemos apuntado en alguna ocasión, la dependencia puede producirse por una enfermedad o bien por otras cuestiones relacionadas con la edad o algún tipo de discapacidad.

Concretamente, el Grado II de dependencia es aquel que se considera como un grado de dependencia severa. Es decir, la persona que sufra este grado de dependencia necesitará ayuda para realizar actividades básicas de la vida cotidiana, incluso hasta dos o tres veces al día. Eso sí, en ningún caso, la persona afectada necesitará el apoyo permanente de una persona cuidadora.

¿Qué servicios prestará una persona cuidadora a mi familiar con Grado II de dependencia?

En algunas ocasiones, y dependiendo del grado de dependencia, puede resultar confuso qué servicios prestará un profesional a nuestros familiares. Por eso, desde Cuidabi queremos ponértelo fácil.

Además de un servicio de asesoramiento, orientación, asistencia y sistemas de adaptación, una persona cuidadora atenderá otros aspectos de tu familiar. Se le dará, por ejemplo, apoyo personal, habilitación psicosocial y terapia ocupacional. Así como atención temprana, estimulación cognitiva y se velará por la promoción, el mantenimiento y la recuperación de la autonomía funcional.

Otro aspecto importante que debes tener en cuenta es que tu familiar también tendrá derecho a la asistencia en un Centro de Día público intensivo durante los 5 días de la semana. Así como acceso a una plaza en una residencia  pública.

¿Puedo cobrar alguna pensión?

La respuesta es sí. Es más, el Ministerio de Derechos Sociales y las comunidades autónomas han acordado incrementar las prestaciones para cuidados a personas dependientes en el entorno familiar y las ayudas vinculadas al servicio y asistencia personal.

El incremento ha supuesto el 17,65% en las prestaciones para cuidados a personas dependientes en el entorno familiar y el 4,5% en las ayudas vinculadas al servicio y asistencia personal.

Si quieres solicitar tu prestación económica puedes hacerlo en el siguiente enlace. En cambio, si prefieres que te ayudemos desde Cuidabi con la gestión, solo tienes que ponerte en contacto con nosotros y nos encargaremos de todo. Tenemos experiencia en el trámite de este tipo de prestaciones y te podemos facilitar la gestión del mismo.